Artículo 132 · Fracción XXXIV
El registro electrónico
de jornada.
La Ley Federal del Trabajo incorporó el registro electrónico del inicio y finalización de la jornada. Distinguimos el mínimo legal, lo pendiente de regulación y las capacidades operativas que una empresa puede preparar desde ahora.
Fundamento
Art. 132·XXXIV
LFT vigente
Sanción
250–5000
UMA · Art. 994
Entrada
2027
Disposiciones STPS
Última validación contra el DOF: 29 de septiembre de 2026.
Panel normativo
Línea de jornada
t₀ → tₙMínimo legal conocido
Art. 132 · fr. XXXIV- Persona trabajadora
- Horario de inicio
- Horario de finalización
- Disponibilidad ante requerimiento
Control empresarial recomendado8
Nivel BRecomendación operativa, no requisitos oficiales. La STPS determinará el ámbito de aplicación y las excepciones mediante disposiciones que entrarán en vigor a partir del 2027-01-01.
Del registro al control digital
El valor empresarial comienza cuando el registro se relaciona con la jornada, el turno, las incidencias y el resultado de pre-nómina.
Descubrir el control digital de asistencia- Estado normativo
- Vigente · Pendiente de disposiciones
- Última revisión
- 29 de septiembre de 2026 · Ver cambios
- Fuente primaria
- DOF · Decreto LFT 01-05-2026
Fundamento jurídico e información expresa
Lo que la ley menciona expresamente.
- Ley Federal del Trabajo — artículo 132, fracción XXXIV
- Registro electrónico de la jornada por cada persona trabajadora
- Horario de inicio
- Horario de finalización
- Disponibilidad ante requerimiento de la autoridad del trabajo
- Ámbito de aplicación de la obligación
- Excepciones a la obligación
Conforme al transitorio quinto, entrarán en vigor a partir del 2027-01-01.
Valor probatorio y disponibilidad
Qué significa proporcionar el registro a la autoridad.
Acceso de la autoridad
El registro deberá poder ser proporcionado a la autoridad del trabajo cuando lo requiera.
Condición probatoria
El contenido del registro electrónico hará prueba plena si se acredita que fue acordado entre la persona trabajadora y la persona empleadora (art. 132, fracción XXXIV, último párrafo).
Sanción prevista
Una consecuencia por incumplimiento.
La obligación también incorpora una consecuencia por incumplimiento.
- · El artículo 994 incorpora una sanción de 250 a 5,000 UMA.
- · Aplica a la persona empleadora obligada que incumpla la fracción correspondiente.
- · El ámbito y las excepciones deben revisarse conforme a las disposiciones generales de la STPS.
- · La información no constituye cálculo de multa ni dictamen legal.
Diferencia editorial
Reloj checador y sistema de gestión no son lo mismo.
La ley menciona un registro electrónico, no un dispositivo. La empresa puede operar por kiosco, tablet, móvil o web. La diferencia relevante no es la marca del reloj, sino la trazabilidad.
Un reloj checador
- · Marca entrada y salida
- · No conoce la jornada aplicable
- · No distingue incidencias
- · No conserva historial de correcciones
- · No conecta con pre-nómina
Un sistema de gestión
Recomendación operativa- · Asocia el registro con la jornada y el turno vigentes
- · Clasifica incidencias y autorizaciones
- · Conserva historial y correcciones
- · Alimenta pre-nómina y auditoría
- · Permite reconstruir un periodo por persona
Preparación empresarial
Mayo a diciembre de 2026: periodo para ajustar procesos.
El decreto contempla un periodo de preparación antes de que entren en vigor las disposiciones generales. Estas son áreas empresariales típicas para revisar durante ese periodo.
Identificación
Cada registro debe poder atribuirse a una persona trabajadora identificable.
Jornadas y turnos
Documentar la jornada aplicable por persona y periodo, y los turnos vigentes.
Registro
Verificar que se conservan inicio y finalización de cada jornada.
Correcciones
Conservar el valor original y evidenciar quién corrigió y por qué.
Incidencias y extras
Diferenciar retardos, faltas, permisos y tiempo extraordinario.
Evidencia y pre-nómina
Reconstruir un periodo y conciliar contra la pre-nómina.
Capacidades recomendadas · Nivel B
No son requisitos legales; son buenas prácticas empresariales para lograr trazabilidad y auditoría reconstruible.
Del registro a la evidencia
Área
Recursos humanos
Entrada
Alta y vigencia
Resultado
Identidad
Contribución
Todo registro nace atribuible.
Privacidad
El registro toca datos personales.
El registro electrónico implica el tratamiento de datos personales de las personas trabajadoras. La organización debe aplicar los principios de la legislación de protección de datos aplicable: aviso de privacidad, finalidades legítimas, medidas de seguridad, conservación proporcional y trato reservado.
Si se utilizan datos biométricos, deben evaluarse con especial cuidado por su naturaleza sensible.
Diagnóstico y tecnología
Del diagnóstico al control digital.
Diagnóstico
Evalúa la preparación de tu registro.
Seis dimensiones, resultado orientativo y acciones recomendadas.
Iniciar diagnósticoTecnología
Cumple Asistencia MX 360.
Del registro obligatorio al control operativo, con módulos configurables y evidencia trazable.
Conocer la plataformaFuentes oficiales
Verificable frente a autoridad y publicación.
Diario Oficial de la Federación
Confirmado por normaDecreto de reforma constitucional en materia de jornada laboral
Reforma constitucional que sienta la base para la reducción de la jornada semanal. Su desarrollo operativo se concreta en el decreto de reformas a la LFT del 1 de mayo de 2026.
Diario Oficial de la Federación
Confirmado por normaDecreto que reforma la LFT en materia de jornada laboral
Reforma los artículos 59, 61, 66, 68, 69 y 71 (segundo párrafo); adiciona un segundo párrafo al 58, la fracción XXXIV al 132 y la fracción IV Bis al 994; deroga el segundo párrafo del 67 de la Ley Federal del Trabajo. Entró en vigor el 1 de mayo de 2026 (transitorio primero). Incorpora la reducción gradual de la jornada semanal, el registro electrónico de la jornada (art. 132, fracción XXXIV) y la sanción prevista en el artículo 994, fracción IV Bis.
Consultar fuente ↗Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Confirmado por normaLey Federal del Trabajo (texto vigente)
Marco legal general que regula las relaciones de trabajo en México.
Consultar fuente ↗Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Confirmado por normaReducción de la jornada laboral a 40 horas — Preguntas frecuentes
Explicación oficial de la STPS sobre los alcances de la reforma.
Consultar fuente ↗Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Pendiente de regulaciónDisposiciones generales de la STPS (pendientes)
El artículo 132, fracción XXXIV, establece que la STPS expedirá las disposiciones de carácter general que determinen el ámbito de aplicación y excepción a la obligación de registro electrónico. El transitorio quinto señala que dichas disposiciones entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027. Al 29 de septiembre de 2026 no se localizó su publicación en el DOF; su contenido específico no se anticipa en este portal.
Preguntas frecuentes
Sobre el registro electrónico.
¿Qué establece la ley sobre el registro electrónico?
+
El artículo 132, fracción XXXIV, incorporado por el decreto, obliga a llevar un registro electrónico de la jornada de cada persona trabajadora, con horario de inicio y de finalización, y proporcionarlo a la autoridad del trabajo cuando lo requiera.
¿Será obligatorio usar un reloj biométrico?
+
No. La ley menciona el registro electrónico de inicio y finalización, pero no exige biometría ni un dispositivo específico. Las disposiciones generales que expida la STPS determinarán el ámbito de aplicación y las excepciones; su contenido no se anticipa aquí.
¿A partir de cuándo aplican las disposiciones generales de la STPS?
+
Conforme al transitorio quinto del decreto, las disposiciones generales referidas entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2027.
¿Qué sanción se prevé por incumplimiento?
+
El artículo 994 incorpora una sanción de 250 a 5,000 UMA para la persona empleadora obligada que incumpla la fracción correspondiente. El ámbito y las excepciones se sujetan a las disposiciones generales de la STPS. La información no constituye cálculo de multa ni dictamen legal.